La Ley Orgánica para el Fortalecimiento de las Áreas Protegidas entró oficialmente en vigencia este lunes 14 de julio de 2025, tras su publicación en el Cuarto Suplemento del Registro Oficial número 80. Esta normativa, tramitada con el carácter de económico urgente, se convierte en la tercera aprobada por la Asamblea Nacional sin observaciones del presidente Daniel Noboa, siguiendo la misma línea que la Ley de Solidaridad y la Ley de Integridad Pública.
El texto, que consta de ocho artículos y 16 disposiciones generales, establece medidas económicas emergentes para fortalecer y garantizar la sostenibilidad financiera del Sistema Nacional de Áreas Protegidas. Además, busca asegurar la conservación de la biodiversidad, la gestión sostenible de los ecosistemas, así como promover el desarrollo local en las zonas de influencia ambiental.
Entre los cambios introducidos por esta ley se destacan reformas a diversas normativas, incluyendo la Ley de Movilidad Humana, el Código Orgánico Monetario y Financiero, y la Ley de Régimen Tributario Interno. En este último caso, se eliminó la restricción que limitaba a 12 días por año la reducción del IVA del 15 % al 8 % para servicios turísticos en feriados, lo que abre la posibilidad de extender más ampliamente este incentivo fiscal.
Asimismo, se reformó la Ley de Movilidad Humana para facilitar el ingreso de turistas mediante el reconocimiento de pasaportes de terceros países, una medida que busca dinamizar el turismo y fomentar el ingreso de divisas. También se hicieron ajustes en normativas de aviación civil y tributación para alinearlas con los objetivos ambientales del Gobierno.
El Ejecutivo no presentó objeciones al proyecto, lo que evidencia su respaldo político a la norma y consolida su estrategia legislativa enfocada en la sostenibilidad y el impulso al sector turístico. La Ley de Áreas Protegidas representa, además, un paso clave en el cumplimiento de compromisos ambientales internacionales asumidos por Ecuador.